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Noticias y Opiniones

Obligan a la banca a dar créditos hipotecarios a largo plazo

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Caracas- Hoy salió publicado en la Gaceta Oficial Nº 39.809, con fecha 28 de noviembre del 2011, el Decreto Presidencial Nº 8.628, en el cual se establece que las instituciones bancarias públicas y privadas están en la obligación de entregar créditos a largo plazo, con cargo a la cartera hipotecaria obligatoria, "para la adquisición de todos y cada uno de los inmuebles que hayan sido construidos total o parcialmente" con financiamiento de dichas instituciones, con recursos provenientes de la cartera obligatoria.


En otras palabras, el banco que financie la construcción de una obra inmobiliaria, que es un crédito a corto plazo, está en la obligación de otorgar los créditos a los compradores de dichos inmuebles, que son los créditos a largo plazo.

En el caso que los recursos para la construcción hayan sido colocados por más de una institución, a cada una le corresponderá entregar préstamos a largo plazo en la misma proporción que participaron en el financiamiento de la obra.

El Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (Banavih) será el encargado de velar por el cumplimiento del decreto, y en el caso que haya incumplimiento por parte de las instituciones aplicará las sanciones correspondientes.

Este decreto fue firmado el pasado domingo 27 de noviembre por el Presidente de la República, y obedece a que, según los señalamientos oficiales, la tendencia de la banca es entregar créditos a corto plazo (para la construcción) en detrimento de los de largo plazo (para adquisición de viviendas), en vista de que en el caso de los primeros el rendimiento se obtiene más rápido.

fuente:  EL UNIVERSAL
martes 29 de noviembre de 2011

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