La
normativa aplicará tanto a los préstamos otorgados por Ley de Vivienda,
como por los otorgados con la cartera hipotecaria con recursos propios
de los bancos
El
Ministerio de Vivienda y Hábitat, a través de una resolución,
incrementó el tope para otorgar el subsidio directo destinado a la
compra de viviendas. En Gaceta Oficial se estableció que las familias
con ingresos hasta 4 salarios mínimos, es decir, 5 mil 628 bolívares,
podrán adquirir viviendas que no superen un costo de 270 mil bolívares; y
quedó establecido que el plazo para cancelar el crédito hipotecario
será 25 años. La resolución también precisó el otorgamiento de 100% al
grupo familiar, con un ingreso mensual de menos de un salario mínimo,
mientras, que el perciba un salario mínimo, mil 407 bolívares, recibirá
80% de la ayuda.
Asimismo, la Ley destacó topes para el pago
de cuotas iniciales en los créditos donde no pagarán inicial los
ingresos hasta dos salarios; entre 2 y 3 salarios pagarán 2% por
concepto de inicial; hasta seis salarios mínimos, 8 mil 442 bolívares,
cuyo porcentaje será 20%. Con el estatuto se develó la incertidumbre de
quienes ganen más de 7 mil bolívares mensuales, si podían o no acceder a
créditos hipotecarios; pues quedó estipulado que 20% del 40% que se
dirigirá para la adquisición de vivienda principal, se le deberá prestar
a quienes tengan ingresos superiores a cuatros salarios mínimos.